Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 118 — Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 118. Información a remitir al Parlamento.

La consejería competente en materia de Hacienda remitirá trimestralmente a la Comisión de Presupuestos y Hacienda del Parlamento de Canarias información sobre ejecución de los presupuestos, de sus modificaciones y operaciones de tesorería y cualquier otra que se considere de interés general.