Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 39 — Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 39.

El Consejo Consultivo velará, en el ejercicio de sus funciones, por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y de todo el ordenamiento jurídico. Sus dictámenes se fundamentarán en derecho, salvo que la autoridad consultante requiera la valoración de los aspectos de oportunidad o conveniencia.