Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 39 de la Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Texto consolidado del BOE.

Artículo 39.

El Consejo Consultivo velará, en el ejercicio de sus funciones, por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y de todo el ordenamiento jurídico. Sus dictámenes se fundamentarán en derecho, salvo que la autoridad consultante requiera la valoración de los aspectos de oportunidad o conveniencia.