Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 24 de la Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Texto consolidado del BOE.

Artículo 24.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior podrán nombrarse Consejeros para la dirección política de un determinado conjunto de asuntos, a los que no se adscriban unidades administrativas.

2. El Decreto de nombramiento fijará el ámbito de sus funciones y las estructuras de apoyo para el ejercicio de las mismas.