Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 8 — Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 8.

El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cesa:

a) Por renuncia o dimisión.

b) Por la pérdida de la confianza parlamentaria.

c) Por la elección de nuevo Presidente tras la celebración de las elecciones regionales.

d) Por la condena penal firme que conlleve la inhabilitación para el ejercicio de cargos o empleos públicos.