Disposición final segunda. Habilitación competencial.
Esta Ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas reconocidas al Estado por las reglas 13.ª y 22.ª del artículo 149.1 de la Constitución.
Disposición final segunda. Habilitación competencial.
Esta Ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas reconocidas al Estado por las reglas 13.ª y 22.ª del artículo 149.1 de la Constitución.
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