Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 73 — Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 73. De la coordinación de la tesorería en el ámbito del sector público instrumental de la Generalitat.

Corresponde a la conselleria competente en materia de hacienda la coordinación de la gestión de la tesorería de los entes del sector público instrumental. A tal efecto, la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda, mediante orden, establecerá los criterios y directrices oportunos.