Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 176 — Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 176. Reglas de compatibilidad.

Las sanciones reguladas en el presente capítulo se entienden sin perjuicio de la obligación de reintegro de las cantidades percibidas en los supuestos y por los obligados señalados en el artículo 172 de esta ley, así como de las indemnizaciones de daños y perjuicios que se pueden exigir.