Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 141 de la Ley 1/2015 Hacienda GVA: Obligación de rendir cuentas

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 141. Obligación de rendir cuentas.

Las entidades integrantes del sector público de la Generalitat rendirán a la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana, por conducto de la Intervención General de la Generalitat, la información contable regulada en la sección 1.ª del capítulo III de este título.