Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 128. Destinatarios de la información contable.
La información que suministra la contabilidad de las entidades del sector público de la Generalitat estará dirigida a sus órganos de dirección y gestión, a los de representación política, a los de control externo e interno, a los organismos internacionales y a las personas físicas o jurídicas privadas en los términos y condiciones que determine la normativa en materia de transparencia y acceso a la información pública, en los términos y con los límites previstos reglamentariamente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 140.