Artículo 122. Ámbito de la auditoría de cuentas anuales.
La Intervención General de la Generalitat realizará anualmente la auditoria de regularidad contable de todas aquellas entidades que conforman sector público instrumental de la Generalitat no sujetas al ejercicio de la función interventora y de los fondos considerados en el artículo 2.4 que rindan cuentas.
Se modifica por el art. 56 de la Ley 13/2016, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-1291.