Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 123 ter de la Ley 1/2015 Hacienda GVA: Supervisión continua

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 123 ter. Supervisión continua.

Todas las entidades integrantes del sector público instrumental de la Generalitat están sujetas, desde su creación hasta su extinción, a la supervisión continua de la Intervención General de la Generalitat, que verificará la concurrencia, al menos, de los siguientes requisitos:

a) la subsistencia de las circunstancias que justificaron su creación.

b) su sostenibilidad financiera.

c) la concurrencia de las causas de disolución referidas al incumplimiento de los fines que justificaron su creación o que su subsistencia no resulte el medio más idóneo para lograrlos.

Se añade por el art. 62 de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1010