Ley 1/2010 Igualdad Canaria

Artículo 44 — Ley 1/2010 Igualdad Canaria

Artículo 44. Conciliación en el empleo público.

El Gobierno de Canarias impulsará medidas de flexibilización horaria y jornadas parciales, así como la creación de centros infantiles en los centros de trabajo, para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de las empleadas y empleados públicos, y hacer posible un reparto equilibrado de las tareas y responsabilidades familiares domésticas.