Artículo 5. De los principios generales.
1. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura ostenta la más alta representación de Extremadura y la ordinaria del Estado en la Comunidad Autónoma y ejerce cuantas funciones le atribuyan las Leyes.
2. Igualmente, preside la Junta de Extremadura, dirige su acción y coordina las funciones de sus miembros.