Disposición adicional decimoquinta. Referencias a los acuíferos sobreexplotados.
Las referencias en el articulado de esta Ley a los acuíferos sobreexplotados se entenderán hechas a las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Se añade por el art. 1.11 del Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo. Ref. BOE-A-2012-5989.
Disposición adicional decimoquinta. Referencias a los acuíferos sobreexplotados.
Las referencias en el articulado de esta Ley a los acuíferos sobreexplotados se entenderán hechas a las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Se añade por el art. 1.14 de la Ley 11/2012, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15337.
Se añade por el art. 1.11 del Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo. Ref. BOE-A-2012-5989.