Ley 1/2001 CARM FP

Artículo 49 — Ley 1/2001 CARM FP

Artículo 49. Titularidad de los elementos de la servidumbre.

En toda acequia o acueducto, el cauce, los cajeros y las márgenes serán considerados como parte integrante de la heredad o edificio a que vayan destinadas las aguas o, en caso de evacuación, de los que procedieran.