Ley 1/2000

CAPÍTULO II — Ley 1/2000

CAPÍTULO II

De la abstención de Jueces, Magistrados, Secretarios Judiciales, Fiscales y del personal al servicio de los tribunales civiles

CAPÍTULO II

De la abstención de Jueces, Magistrados, Letrados de la Administración de Justicia, Fiscales y del personal al servicio de los tribunales civiles

Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2015-8167#daprimera