Ley 1/2000

Artículo 716 de la Ley 1/2000: Auto fijando la cantidad determinada

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 716. Auto fijando la cantidad determinada.

Dentro de los cinco días siguientes a aquél en que se celebre la vista, el tribunal dictará, por medio de auto, la resolución que estime justa, fijando la cantidad que deba abonarse al acreedor como daños y perjuicios.

Este auto será apelable, sin efecto suspensivo y haciendo declaración expresa de la imposición de las costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 394 de esta Ley.