Ley 1/2000

Artículo 665 de la Ley 1/2000: Subasta sin suplencia de la falta de títulos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 665. Subasta sin suplencia de la falta de títulos.

A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia. En tal caso se observará lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.