Ley 1/1998 CyL

Artículo 4 — Ley 1/1998 CyL

Artículo 4.

1. La creación y supresión de municipios de Castilla y León y las alteraciones parciales de sus términos se regirán por lo dispuesto en esta Ley.

2. Todo municipio pertenecerá a una sola provincia, sin que cualquier alteración de los términos municipales pueda modificar los límites provinciales.