Ley 1/1986 CM FP

Disposición final tercera — Ley 1/1986 CM FP

Disposición final tercera.

El inicio de la carrera profesional horizontal quedará demorado hasta la aprobación de la norma de desarrollo prevista en la disposición adicional decimocuarta y se ajustará, en cuanto a los efectos económicos de su implantación, a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Se añade por la disposición final 1.2 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-5524