Art. 49.
Los entes de Derecho público de régimen especial estarán sujetos al régimen de presupuestación, gestión económico-financiera, control y contabilidad establecido en la ley que regula el régimen jurídico de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Se modifica por la disposición final 1.9 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3217#df