Ley 1/1984 CM

Art 31 — Ley 1/1984 CM

Art. 31.

En relación con los objetivos y actuaciones de los organismos autónomos, la Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de la Presidencia realizará las funciones señaladas en el artículo 48.4 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Se modifica por la disposición adicional 5 de la Ley 28/1997, de 26 de diciembre.Ref. BOE-A-1998-20606.