Art. 40.
La estructura orgánica de cada Consejería, hasta nivel de Subdirección General, será fijada por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo, previo informe preceptivo de la Consejería de Hacienda.
Se modifica por el art. 10.2 de la Ley 5/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-2732.
Se modifica por el art. 4 de la Ley 6/1989, de 6 de abril. Ref. BOE-A-1989-12127.