Ley 1/1983 CM

Art 33 — Ley 1/1983 CM

Art. 33.

El impulso de la acción política y de gobierno también podrá ser ejercido por la Asamblea mediante la aprobación de resoluciones, mociones y proposiciones no de Ley, así como mediante aquellos otros procedimientos adecuados a tal efecto que se establezcan en el Reglamento de la Asamblea de Madrid.