Artículo 514.
La requisitoria original y un ejemplar de cada periódico en que se hubiese publicado se unirán a la causa.
Artículo 514.
La requisitoria original y el justificante del envío realizado al Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia y de la remisión al Tablón Edictal Judicial único se unirán a la causa.
Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el art. 101.7 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, Ref. BOE-A-2023-25758#a1-13, entra en vigor el 20 de marzo de 2024, según determina su disposición final 9.2.
Redacción anterior:
"La requisitoria original y un ejemplar de cada periódico en que se hubiese publicado se unirán a la causa."
Se modifica por el art. 101.7 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25758#a1-13
Esta modificación entra en vigor el 20 de marzo de 2024, según establece la disposición final 9.2 del citado Real Decreto-ley.