Estatutos UNED

Artículo 27 — Estatutos UNED

Artículo 27. Derechos y obligaciones.

1. Los contratos de investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación establecerán los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes y el tratamiento aplicable a los resultados que se obtengan, con inclusión de las cláusulas referentes a la titularidad de los derechos de propiedad intelectual o industrial, así como la participación futura en los beneficios que se obtengan.

2. El Consejo de Gobierno establecerá el régimen de participación del personal docente e investigador en los beneficios derivados de la explotación comercial de los resultados de los trabajos científicos, técnicos o artísticos que se realicen.