Estatutos UNED

Artículo 255 — Estatutos UNED

Artículo 255. Beneficios.

La UNED gozará de los beneficios que la legislación atribuya a las entidades benéfico-docentes. Los bienes afectos al cumplimiento de los fines de la Universidad, los actos que se realicen para el desarrollo inmediato de tales fines y sus rendimientos disfrutarán de beneficios fiscales, de conformidad con lo previsto en el artículo 58.5 de la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario y en el resto de la normativa vigente.