Artículo 154. Representación de direcciones de centros en el Consejo de Gobierno y el Claustro Universitario.
1. La elección de las personas representantes de las direcciones de centros asociados en el Consejo de Gobierno y el Claustro Universitario se realizará por votación directa.
2. Se elegirá un miembro titular y un miembro suplente, para el Consejo de Gobierno, y dos miembros titulares y dos miembros suplentes, para el Claustro, con un mandato de cuatro años.
3. Podrán elegir y ser elegidas todas las personas titulares de direcciones de centros asociados de la UNED.