Estatuto Estudiante (RD 1791/2010)

Artículo único — Estatuto Estudiante (RD 1791/2010)

Artículo único. Aprobación del Estatuto del Estudiante Universitario.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 46.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, cuyo texto se inserta a continuación.