Estatuto Estudiante (RD 1791/2010)

Artículo 14 — Estatuto Estudiante (RD 1791/2010)

Artículo 14. Acceso y admisión a las enseñanzas universitarias.

1. Los estudiantes que cumplan los requisitos exigidos por la legislación, tienen derecho a acceder y a solicitar la admisión en las enseñanzas oficiales de cualquier universidad española, conforme a los procedimientos previstos en la normativa vigente.

2. Para facilitar los trámites de matrícula, las universidades establecerán mecanismos de gestión y asesoramiento que ayuden al diseño curricular por parte del estudiante, de acuerdo con la normativa vigente.