Disposición adicional tercera.
Todas las competencias atribuidas por el presente Estatuto quedan incorporadas a él plenamente, asumiéndose con carácter estatutario por la Generalitat Valenciana.
Se añade por el art. único de la Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-1994-6944.
Disposición adicional tercera.
1.ª Por medio de la correspondiente norma del Estado se creará y regulará la composición y funciones del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, patrimonio histórico del Pueblo Valenciano, compartido con otros pueblos de España, en la que tendrá participación preeminente la Comunitat Valenciana y otras comunidades autónomas.
2.ª El Consell de la Generalitat, previo informe del Consell Valenciá de Cultura, informará el anteproyecto de norma al que se refiere el apartado anterior, que atenderá a la unidad histórica del Archivo de la Corona de Aragón.
Se modifica por el art. 88 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2006-6472.
Se añade por el art. único de la Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-1994-6944.