Artículo 83. Ámbito territorial.
Las competencias establecidas en este Estatuto se entienden referidas al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 83. Ámbito territorial.
Las competencias establecidas en este Estatuto se entienden referidas al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Empieza a practicar gratis