Estatut Illes Balears

Artículo 34 — Estatut Illes Balears

Artículo 34. Protección y fomento de la cultura.

1. La Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva respecto de la protección y el fomento de la cultura autóctona y del legado histórico de las Illes Balears.

2. En el desarrollo de esta competencia podrá crear los organismos adecuados.