Estatut Illes Balears

Artículo 29 — Estatut Illes Balears

Artículo 29. Nuevas tecnologías y sociedad de la información.

En el ámbito de sus competencias, los poderes públicos de las Illes Balears impulsarán el acceso a las nuevas tecnologías, a la plena integración en la sociedad de la información y a la incorporación de los procesos de innovación.