Estatut Illes Balears

Artículo 114 — Estatut Illes Balears

Artículo 114. Relaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas.

Como garante del equilibrio interinsular el Gobierno de las Illes Balears se reserva las relaciones con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas, cuando las mismas se refieran a competencias autonómicas en relación a las cuales vayan a desarrollarse actuaciones consideradas de interés general.