Estatut Illes Balears

Artículo 106 — Estatut Illes Balears

Artículo 106. Unión Europea.

La Comunidad Autónoma participará en los asuntos relacionados con la Unión Europea que afecten a las competencias e intereses de las Illes Balears, en los términos establecidos en este Estatuto de Autonomía, en la Constitución y en la legislación del Estado.