Estatut Catalunya 2006

Artículo 73 — Estatut Catalunya 2006

Artículo 73. Derechos y obligaciones de los miembros del Gobierno respecto del Parlamento.

1. El Presidente o Presidenta de la Generalitat y los Consejeros tienen el derecho de asistir a las reuniones del Pleno y de las Comisiones parlamentarias y tomar la palabra.

2. El Parlamento puede requerir al Gobierno y a sus miembros la información que considere necesaria para el ejercicio de sus funciones. También puede requerir su presencia en el Pleno y en las Comisiones, en los términos que establece el Reglamento del Parlamento.