Estatut Catalunya 2006

Artículo 26 — Estatut Catalunya 2006

Artículo 26. Derechos en el ámbito de la vivienda.

Las personas que no disponen de los recursos suficientes tienen derecho a acceder a una vivienda digna, para lo cual los poderes públicos deben establecer por ley un sistema de medidas que garantice este derecho, con las condiciones que la ley determine.