Estatut Catalunya 2006

Artículo 106 — Estatut Catalunya 2006

Artículo 106. Justicia gratuita. Procedimientos de mediación y conciliación.

1. Corresponde a la Generalitat la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita.

2. La Generalitat puede establecer los instrumentos y procedimientos de mediación y conciliación en la resolución de conflictos en las materias de su competencia.