Disposición adicional cuarta. Informe de enfoque de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia.
El informe de evaluación de enfoque de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia a que se refiere el artículo 36.h), se emitirá por la Consejería competente en materia presupuestaria, en coordinación con el conjunto de las Consejerías y con participación de los órganos directivos competentes por razón de la materia.
Se añade por el art. 74.15 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. Ref. BOJA-b-2024-90030
Téngase en cuenta la disposición final 11.2 del citado Decreto-ley, en cuanto a la implantación efectiva de las medidas de simplificación del procedimiento de gestión del gasto.