DLeg 1/2010 TRLGHPA

Artículo 91 — DLeg 1/2010 TRLGHPA

Artículo 91. Informes previos de las modificaciones presupuestarias.

1. La Intervención General informará, con carácter previo, los expedientes de modificación presupuestaria que corresponda autorizar al Consejo de Gobierno. Asimismo, los expedientes de modificación presupuestaria que competa autorizar a las personas titulares de las diversas Consejerías, agencias administrativas, de régimen especial y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), y consorcios se informarán previamente por las respectivas Intervenciones. Todo ello en los términos previstos reglamentariamente.

2. El objeto del citado informe consiste en la verificación del cumplimiento de los preceptos de esta Ley y de la Ley del Presupuesto, reguladores del régimen jurídico de estos expedientes.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.13 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1604

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.31 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1068

Esta modificación, en lo que se refiere a las agencias públicas empresariales contempladas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, entrará en vigor el 1 de enero de 2021, según establece la disposición final 15.a) de la Ley 6/2019.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.30 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2019-12122

Se modifica por la disposición final 1.13 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1098