DLeg 1/2010 TRLGHPA

Artículo 85 — DLeg 1/2010 TRLGHPA

Artículo 85. Ámbito del control interno y de la contabilidad pública.

1. La actividad financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus entidades instrumentales, de los consorcios contemplados en el artículo 4 y de las demás entidades incluidas en el artículo 5 se encuentra sometida al control interno de la Intervención General de la Junta de Andalucía y al régimen de contabilidad pública, todo ello con arreglo a lo dispuesto en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen.

2. Las entidades públicas vinculadas que tienen la consideración de Administración institucional y los órganos e instituciones a los que les resulte de aplicación el régimen jurídico de esta, conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, quedan sujetos al régimen de control interno de la Intervención General de la Junta de Andalucía, salvo disposición distinta establecida en su normativa específica.

Se modifica por la disposición final 1.13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-797

Se modifica por la disposición final 1.25 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2019-12122

Se modifica por la disposición final 1.13 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1098