DLeg 1/2006 CM Bomberos

Artículo 16 — DLeg 1/2006 CM Bomberos

Artículo 16. Funciones, escalas y categorías.

1. Las funciones que corresponden, con carácter general, a las diferentes Escalas del Cuerpo de Bomberos son las siguientes:

a) En la Escala Técnica o de Mando:

— Para la Categoría de Inspector, funciones de dirección y coordinación de unidades técnicas y operativas de nivel superior, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

— Para la Categoría de Oficial de Área y Técnico, funciones de coordinación y mando de unidades técnicas y operativas de nivel intermedio, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

b) En la Escala Ejecutiva u Operativa:

— Para las Categorías de Jefe Supervisor, Jefe de Equipo y Jefe de Dotación, funciones de inspección y mando de unidades operativas y logísticas, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.

— Para la Categoría de Bombero Especialista, funciones de inspección y operativas en tareas de prevención, extinción de incendios y salvamentos.

b.1) En la Especialidad de Comunicaciones:

Para la Categoría de Jefe de Sala, funciones de inspección y mando de los Centros de Comunicaciones.

Para la Categoría de Operador, funciones operativas de los Centros de Comunicaciones.

2. Reglamentariamente se desarrollarán las funciones que corresponden a cada una de las Categorías que integran las diferentes Escalas del Cuerpo de Bomberos.