DLeg 1/2002 TR Hacienda CLM

Artículo 2 — DLeg 1/2002 TR Hacienda CLM

Artículo 2. Naturaleza de los fondos de pensiones.

Los fondos de pensiones son patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones, cuya gestión, custodia y control se realizarán de acuerdo con la presente Ley.

Artículo 2. Naturaleza de los fondos de pensiones.

Los fondos de pensiones son patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones, cuya gestión, custodia y control se realizarán de acuerdo con la presente Ley.

También podrán crearse fondos de pensiones abiertos con el objeto de canalizar las inversiones de otros fondos de pensiones, según lo previsto en el artículo 11 ter.

Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 4.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio. Ref. BOE-A-2015-7897#dfcuaa. entra en vigor el 1 de enero de 2016, según se indica en su disposición final 21.1

Redacción anterior:

"Los fondos de pensiones son patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a planes de pensiones, cuya gestión, custodia y control se realizarán de acuerdo con la presente Ley."

Se modifica por la disposición final 4.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio. Ref. BOE-A-2015-7897#dfcuaa.