Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
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