DL 1/2022 Pte y Gob Aragón

Artículo 9 — DL 1/2022 Pte y Gob Aragón

Artículo 9. Las Consejeras o Consejeros.

1. El Presidente o Presidenta nombra y separa libremente a los Consejeros y Consejeras y establece su orden de prelación.

2. Las Consejeras y Consejeros son responsables de la definición y ejecución de la acción del Gobierno a través de un departamento, cuya titularidad se le asigna en el decreto de nombramiento.

3. No obstante, podrán existir Consejeros o Consejeras sin cartera para la dirección política de determinadas funciones gubernamentales. El decreto de nombramiento fijará el ámbito de sus funciones.

4. Recibirán el tratamiento que les corresponda y tendrán derecho a los honores que les correspondan por razón de su cargo.

5. Sus disposiciones y resoluciones adoptarán la forma de orden.