DL 1/2006 Comarcalización Aragón

Artículo 20 — DL 1/2006 Comarcalización Aragón

Artículo 20. Artesanía.

En lo relativo a artesanía, corresponde a las comarcas:

a) La promoción y fomento de las actividades artesanales, en general.

b) La colaboración en la formación de los planes específicos que apruebe sobre el sector la Administración de la Comunidad Autónoma.