DL 1/1999

Artículo único — DL 1/1999

Artículo único.

De conformidad con la disposición adicional octava de la Ley 6/1998, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1999, se aprueba el texto refundido de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, que se inserta a continuación.