DL 1/1999 Ley Hacienda Región de Murcia

Artículo 1 — DL 1/1999 Ley Hacienda Región de Murcia

Artículo 1. Definición y prerrogativas de la Hacienda Pública Regional.

1. La Hacienda Pública Regional está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración Pública Regional y a sus organismos autónomos.

2. La Administración Pública Regional y sus organismos autónomos tendrán el mismo tratamiento fiscal que la ley otorga al Estado. En la gestión de los derechos económicos y en el cumplimiento de sus obligaciones de la Hacienda Pública Regional gozará de las prerrogativas reconocidas en las leyes.

Los organismos autónomos regionales gozarán de las prerrogativas y beneficios fiscales que la legislación vigente establezca.