DL 1/1991 FP Aragón

Disposición adicional decimoctava — DL 1/1991 FP Aragón

Disposición adicional decimoctava.

Los efectos del artículo 87.3 del Estatuto Básico del Empleado Público se extenderán en el ámbito institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón a los nombrados como el Justicia de Aragón, miembros de la Cámara de Cuentas y Consejo Consultivo, Presidentes de comarcas y Presidente del Consejo Económico y Social de Aragón.

Se añade por el art. 32.5 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2012-5203